15 de julio de 2009

Cadena de Custodia

Es un sistema de estricta y cuidadosa ejecución que se aplica sobre las evidencias, para garantizar la seguridad, preservación, autenticidad e integridad de los elementos materiales de de prueba recolectados y analizados, asegurando con ello que pertenecen al caso investigado, sin que puedan sufrir alteraciones, modificaciones o sustracciones desde su inicio hasta la culminación del proceso. Por lo tanto, se considera que un elemento material de prueba se encuentra bajo custodia, cuando este se halla bajo posesión y observación de una persona idónea, guardada en un lugar seguro y accesible solo a personas autorizadas o con un permiso especial.

Principios de la Cadena de Custodia:

1. Es el sistema que garantiza la autenticidad e integridad de los Elementos Materiales Probatorios recolectados y examinados.

2. Está conformada por los funcionarios y personas bajo cuya responsabilidad se encuentren los elementos probatorios respectivos, durante las diferentes etapas del proceso penal. Por consiguiente, todo funcionario que reciba, genere o analice muestras o elementos probatorios y documentos forma pare de esta cadena.

3. Se inicia con la observación general de la escena, continua con la protección de la misma, la fijación, recolección, embalaje y rotulado de los Elementos Materiales Probatorios, desde el mismo momento en que se conoce la conducta presuntamente delictiva, en la diligencia de inspección al cadáver o inspección judicial y finaliza con la entrega del informe pericial a la autoridad solicitante y la sustentación del mismo en el juicio oral ante el Juez de Conocimiento, por parte del perito y los diferentes funcionarios judiciales que en ella intervinieron.

4. Los procedimientos de Custodia deben aplicarse a todo Elemento Material Probatorio, sea este un cadáver, un documento o cualquier otro elemento. Esta misma protección y vigilancia debe ejercerse de manera idéntica sobre formatos, informes u oficios que acompañen este material.

5. Es responsabilidad de todo funcionario que participa en el proceso de Cadena de Custodia, conocer y ejecutar los procedimientos generales y específicos establecidos para tal fin.

6. Cada uno de los funcionarios que participe en el proceso de Cadena de Custodia es responsable del control y registro de su actuación directa dentro del proceso.

7. AL momento de recolectar los Elementos Materiales Probatorios se debe dejar constancia en el formato de la diligencia correspondiente, haciendo la descripción completa de los mismos, registrando su naturaleza, el sitio exacto de donde fueron removidos o tomados y la persona o funcionario que los recolectó.

8. Toda muestra o Elemento Material Probatorio debe tener el registro de Cadena de Custodia, el cual debe acompañar a cada uno de los Elementos Materiales Probatorios a través de su curso judicial. Por consiguiente toda transferencia de custodio debe quedar consignada en el registro indicando: Fecha, hora, nombre, firma de quien recibe y de quien entrega.

9. Toda muestra o Elemento Material Probatorio debe estar debidamente embalado y rotulado. Los remanentes, muestras y demás elementos se les deben garantizar la correcta aplicación del sistema Cadena de Custodia.

10. Todo funcionario que analiza muestras o Elemento Materiales Probatorio debe dejar constancia escrita en el informe con la descripción detallada de los mismos, de las técnicas y procedimientos de análisis utilizados, así como las modificaciones realizadas sobre los Elementos Materiales Probatorios, mencionando si éstos se agotaron en los análisis o quedaron remanentes.

11. La Cadena de Custodia implica que tanto los elementos probatorios como los documentos que los acompañan, se deben mantener siempre en un lugar seguro.

12. Los Laboratorios Forenses podrán abstenerse de analizar el Elemento Material Probatorio, enviados por las autoridades competentes, cuando se compruebe que no ha existido Cadena de Custodia o que esta se ha interrumpida.

Formato de Cadena de Custodia:

En este formato se registran los datos y observaciones de los intervinientes, de igual forma los traspasos y traslados, con las condiciones en que se entregan y reciben cada uno de ellos, el formato no podrá tener modificaciones o alteraciones por raspado, borrado, lavado químico, injerto, tachadura, enmienda, retoque o cualquier otra manipulación. En caso de presentarse un error en el diligenciamiento del formato de Cadena de Custodia, se encierra en paréntesis y enseguida se escribe la palabra -se corrige- y se continua con la palabra correcta, en su defecto se hará la anotación en el respaldo de observaciones.